Reglamentario/a de: Ley Nº 19.258 de 28/08/2014.
CAPÍTULO VII - DEL TRIBUNAL DE ÉTICA VETERINARIO
El Tribunal es competente para entender en todos los casos de ética, deontología y diceología veterinarias que le sean planteados por el Estado, personas físicas o jurídicas o por integrantes del Colegio.