REGLAMENTACION DE LA LEY 19.258 RELATIVA A LA CREACION DEL COLEGIO VETERINARIO DEL URUGUAY




Promulgación: 19/11/2018
Publicación: 26/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.258 de 28/08/2014.

CAPÍTULO VII - DEL TRIBUNAL DE ÉTICA VETERINARIO

Artículo 44

   Son causales de suspensión como integrante del Tribunal:
   A) Estar procesado por la presunta comisión de un delito.
   B) Ser objeto de denuncia fundada, en materia de su competencia, ante el propio Tribunal.
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