COMERCIALIZACION DE LA VACUNA ANTIAFTOSA




Promulgación: 16/01/1991
Publicación: 28/02/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 26

Artículo 10

    (Facultad). Facúltase a la Dirección General de Servicios Veterinarios
para aplicar las presentes disposiciones a otros productos relacionados
con campañas sanitarias, en lo pertinente.
 La decisión será adoptada mediante resolución expresa, que se publicará
en dos (2) diarios de circulación nacional, determinando las condiciones y
procedimientos acordes y especiales con relación al producto que se trate.
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