Visto: los decretos 234/979, de 25 de abril de 1979, 518/979, de 21 de
setiembre de 1979, 719/979, de 5 de setiembre de 1979, 172/980, de 26 de
marzo de 1980 y los de fecha 4 de febrero de 1981 y 29 de abril de 1981
por los que se aprobaron las Reestructuras Presupuestales y
Racionalizaciones del Inciso 18), Corte Electoral Inciso 12 Ministerio de
Salud Pública Inciso 3 Ministerio de Defensa Nacional, Inciso 25 Consejo
Nacional de Educación Inciso 7 Ministerio de Agricultura y Pesca y
Programa 1.13 del Inciso 11 Ministerio de Educación y Cultura.
Resultando: en dichos decretos se constataron diversos errores y
omisiones originados en los proyectos presentados por los Incisos
mencionados.
Considerando: que es necesario modificar los mismos para subsanar las
deficiencias cometidas.
Atento: a lo informado por la Comisión de Reestructura creada por el
artículo 2 de la ley 14.800, de 30 de junio de 1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el decreto 234/979, de 25 de abril de 1979 por el
que se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 18 Corte Electoral
de la manera siguiente: (*)