AUTORIZACION AL BPS A OTORGAR UNA CANASTA DE FIN DE AÑO A JUBILADOS, PENSIONISTAS Y BENEFICIARIOS DE LA ASISTENCIA A LA VEJEZ




Promulgación: 01/12/2021
Publicación: 07/12/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   La prestación dispuesta en el artículo anterior se concederá a los beneficiarios comprendidos en el Decreto N° 260/021, de fecha 6 de agosto de 2021, Decreto N° 292/021, de fecha 31 de agosto de 2021 y en la Ley N° 18.241, de fecha 27 de diciembre de 2007, que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en dicha normativa, apreciados al 30 de octubre del presente año.
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