Los egresados de los cursos de formación de altos ejecutivos de la Administración Pública, que desarrolla la Oficina del Servicio Civil, percibirán una compensación especial del 15% sobre sus remuneraciones por todo concepto, excluyendo los beneficios sociales y la prima por antigüedad. Esta compensación no podrá ser inferior a medio salario mínimo nacional ni superior a un salario mínimo nacional sin perjuicio de los topes legales (Art. 26 de la Ley 15.903).