APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 1991




Promulgación: 29/07/1991
Publicación: 11/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 15

   El banco abonará a todos los funcionarios una retribución anual complementaria por concepto de 13er. sueldo por un importe equivalente a la doceava parte del monto percibido por el funcionario por concepto de remuneraciones sujetas a montepío en los doce meses anteriores al 1ro. de diciembre de cada año, excepto el 13er. sueldo. Cuando haya dado lugar a sanciones estatutarias o reglamentarias el Directorio podrá disminuir o suprimir la retribución complementaria de acuerdo a las normas que se establezcan por el propio Directorio. Los aportes personales originados por la retribución extraordinaria de fin de año, serán de cargo del Banco y se imputarán al Rubro 1 "cargas Legales sobre Servicios Personales".
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