El Directorio del Organismo podrá porponer al Poder Ejecutivo adecuaciones a los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias", con el fin de ajustar las retribuciones de su persona, en períodos no menores de tres ni mayores de cuatro meses. Para ello se tendrá en cuanta la variación del Indice General de los Precios del Consumo confeccionado por la Dirección General de Estadística y censos y sus disponibilidades financieras. Aprobada la adecuación de rubros por el Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los antecedentes se remitirán al Tribunal de Cuentas para su conocimiento.