Visto: la actualización del Texto Ordenado de normas de la Dirección
General Impositiva, cuyo texto se acompaña.
Considerando: que corresponde poner en vigencia el referido ordenamiento
legal.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 31 de la ley 15.294, de 23 de junio
de 1982,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Texto Ordenado actualizado referente a los tributos de
competencia de la Dirección General Impositiva a que se hace mención en la
parte expositiva, el que se considerará formando parte de este decreto.
(*)