La citada Comisión se integrará de la siguiente forma: por el Ministerio de Salud Pública, cuatro delegados a saber: el Director del
Departamento de Epidemiología que la presidirá; el Director de la Unidad
de Zoonosis y Vectores; un delegado de la División Jurídico-Notarial y un
delegado de la Unidad Educación para la Salud; un delegado del Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca (DILAVE); un delegado del Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (DINAMA); un delegado
del Ministerio del Interior; un delegado del Ministerio de Defensa
Nacional (Prefectura Nacional Naval); un delegado del Ministerio de
Turismo; un delegado de la Intendencia Municipal de Montevideo y un
delegado del Congreso Nacional de Intendentes; tres delegados de la
Universidad de la República (Facultades de Veterinaria, Medicina y
Ciencias); un delegado de la Administración Nacional de Puertos (Unidad
Técnica Gestión Ambiental); un delegado de la Comisión Nacional Honoraria
de Lucha contra la Hidatidosis; un delegado de la Sociedad de Medicina
Veterinaria (SUVEPA); dos delegados del Ministerio de Educación y
Cultura, a saber: un representante de la Academia Nacional Veterinaria y
un representante de la Academia Nacional de Medicina. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 314/004 de 26/08/2004 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 393/001 de 09/10/2001 artículo 2.