APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE CORREOS. EJERCICIO 2000




Promulgación: 09/10/2001
Publicación: 17/10/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 860
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Ajustes de gastos e inversiones. Cada actualización de los ingresos y de 
las asignaciones presupuestales de los rubros de gastos e inversiones, se 
realizará sobre las partidas globales autorizadas (ingresos y gastos).
En aquellos conceptos en que corresponda, los ajustes se realizarán en 
función de los aumentos salariales dispuestos y las variaciones estimadas 
del Indice de Precios al Consumo y del tipo de cambio promedio para dicho 
período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los 
Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado, en un plazo no 
mayor de quince días a partir de la vigencia del incrementos salarial.
El Directorio en un plazo no mayor de treinta días, deberá elevar la 
adecuación realizada a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a los 
efectos de proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, 
regirán las partidas adecuadas, las que serán comunicadas por la 
Administración Nacional de Correos al Tribunal de Cuentas dentro de los 
quince días subsiguientes para su conocimiento.
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