REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 18.250. LEY DE MIGRACIONES




Promulgación: 24/08/2009
Publicación: 02/09/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 476
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.250 de 06/01/2008.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 63

 La Junta Nacional de Migración tendrá como cometidos:
a)     Proponer las políticas migratorias al Poder Ejecutivo.
b)     Proponer la reglamentación de la normativa migratoria.
c)     Implementar instancias de coordinación intergubernamental en la
       aplicación de dichas políticas.
d)     Asesorar en materia migratoria dentro de la órbita de competencia
       de cada organismo del Estado.
e)     Analizar y proponer modificaciones en la normativa migratoria.
f)     Procurar el relacionamiento multilateral en la materia.
g)     Promover la adopción de decisiones que favorezcan el proceso de
       integración regional en relación con las migraciones intra y extra
       zona.
h)     Promover la adopción de todas las medidas necesarias para lograr
       una adecuada aplicación de las disposiciones migratorias.
i)     Actuar como órgano dinaminazador de las políticas migratorias.
j)     Proponer la implementación de los siguientes programas: de
       migración selectiva relativo a la inmigración de personas
       extranjeras; de retorno de uruguayos; de la vinculación con
       compatriotas en el exterior y de poblaciones con alta propensión
       migratoria.
k)     Implementar cursos de formación y sensibilización de los recursos
       humanos vinculados con la materia con el fin de capacitar sobre la
       base de los principios que se inspiran en la presente ley.
l)     Promover el relevamiento de datos estadísticos sobre el fenómeno
       migratorio.
m)     Articular la promoción de los Derechos Humanos de las personas
       migrantes, específicamente en lo atinente a la lucha contra el
       racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas
       conexas de intolerancia.
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