La Administración Nacional de Puertos podrá ejecutar en 1984 hasta un
monto máximo de N$ 420:000.000.00 (nuevos pesos cuatrocientos veinte
millones) del total de inversiones establecidas en los cuadros del Anexo
referido en el artículo anterior, con los siguientes montos máximos de
fuente de financiamiento:
1) Recursos Propios N$ 71:236.000.00 (nuevos pesos setenta y un
millones doscientos treinta y seis mil);
2) Endeudamiento Interno N$ 44:514.000.00 (nuevos pesos cuarenta y
cuatro millones ochocientos catorce mil), y
3) Endeudamiento Externo N$ 303:950.000,00 (nuevos pesos trescientos
tres millones novecientos cincuenta mil).