MODIFICACION DE LA REGLAMENTACION DEL IMESI. REDUCCION PARA LAS NAFTAS QUE SE VENDAN EN LOS PASOS DE FRONTERAS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 29/10/2007
Publicación: 01/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 941
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 38.

Artículo 7

   (Comunicación a los beneficiarios).- La institución emisora deberá incluir en el estado de cuenta o comunicación destinada a los beneficiarios, un detalle operación a operación y el descuento que se realice en virtud de la reducción dispuesta por el presente régimen. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 276/022 de 30/08/2022 artículo 6.
Ver vigencia: Decreto Nº 276/022 de 30/08/2022 artículo 8.
Ver en esta norma, artículo: 10 (vigencia).

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 398/007 de 29/10/2007 artículo 7.
Ayuda