Los días de viático que correspondan a los funcionarios que viajen al
exterior equivaldrán a la cantidad de días que hayan transcurrido para el
viaje y el cumplimiento de la misión. Las rendiciones de cuentas sólo se
referirán a comprobar el número de días transcurrido fuera del país y
deberán ser presentados en el Ministerio de Relaciones Exteriores.