FUNCIONARIOS PUBLICOS - MISIONES OFICIALES




Promulgación: 05/08/1991
Publicación: 05/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   Los días de viático que correspondan a los funcionarios que viajen al
exterior equivaldrán a la cantidad de días que hayan transcurrido para el
viaje y el cumplimiento de la misión. Las rendiciones de cuentas sólo se
referirán a comprobar el número de días transcurrido fuera del país y
deberán ser presentados en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Referencias al artículo
Ayuda