Se consideran sidreros a las personas físicas o jurídicas que elaboran
total o parcialmente sidra para comercializar o en cantidad superior a
500 litros.
Todo elaborador o importador de sidra, deberá inscribirse en el Registro que a esos efectos llevará el Instituto Nacional de Vitivinicultura y hacer las declaraciones juradas que se establezcan.
Para obtener la inscripción de referencia, los interesados deberán
presentar una solicitud en los formularios que proporcionará el
Instituto, mediante declaración jurada.