Las sidrerías deberán llevar libros especiales de contabilidad que serán proporcionados por el Instituto Nacional de Vitivinicultura.
En dichos libros se asentará la cantidad de materia prima entrada, día a
día, con especificación de procedencia, número de expediente de
autorización para encabezar zumos o sidras y para edulcorar sidras,
cantidad de alcohol y partes alícuotas de azúcar utilizada, cantidad de
sidra obtenida, valores adquiridos, saldo de valores, y cada salida de
sidra.