Se prohibe:
a) la adición de aromas artificiales.
b) la adición de alcohol de cualquier tipo, o su corte con vino.
c) la coloración artificial de sidras, como adición de edulcorantes
artificiales, bonificadores, antifermentativos, antisépticos o
conservadores, esencias o sustancias aromáticas que contribuyan a
exaltar las características organolépticas naturales de la sidra y en
general la agregación de todo producto que no esté autorizado
expresamente.