VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones
Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland correspondiente al ejercicio 2000.
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen:
ATENTO: A lo establecido en el Art. Nº 221 de la Constitución de la
República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland correspondiente al Ejercicio 2000, de acuerdo con el siguiente
detalle:
PROGRAMA 1.10 ENERGIA COMBUSTIBLES. $ $
I - INGRESOS. 15.756.514.015
a) Ingresos Propios. 15.489.214.015
1. Ventas Netas 9.759.632.966
2. Transf. Interdivisionales 52.668.300
3. IMESI e IVA 5.389.071.985
4. Otros 287.840.764
b) Financiamiento Externo. 267.300.000
II PRESUPUESTO OPERATIVO 15.397.303.819
Rubro Denominación $ $
1.10.0 Retribución de Serv. Personales 261.720.503
1 Personal Presupuestado. 148.979.892
- Sueldos Básicos. 117.561.206
- Productividad. 29.791.711
- Adelanto a cuenta. 397
- Ato. Res. 470/92 de 21.05.92. 1.626.578
2 Personal Contratado. 9.680.883
- Otros Contratados. 5.910.414
- Adelanto a Cuenta. 12
- Ato. Res. 470/92 de 21.05.92. 187.795
- Changas. 3.582.662
3 Otras Compensaciones. 103.059.728
- Varios. 72.978.281
- Prima por Antigüedad. 5.763.587
- Quebranto de Caja. 297.879
- Compensación Producto. 1.992.930
- Viático compens. Comida. 22.027.051
1.10.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 65.247.272
1.10.2 Materiales y Suministros. 6.577.049.641
- Compra de Crudo. 5.422.646.378
- Importación de Derivados. 951.905.478
- Varios. 202.497.785
1.10.3 Servicios no Personales. 2.417.256.021
1.10.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 20.705.172
1.10.7 Subsidios y Otras Transferencias. 5.705.313.180
5 Transf. a Unidades Familiares. 26.336.085
- Hogar Constituido. 4.091.924
- Asignación Familiar. 1.539.316
- Prima Nacim. y Matrimonio. 107.791
- Servicios Médicos. 18.997.054
- Serv. a Pers. en Actividad. 1.600.000
7 Pasantías y Becas. 2.508.939
9 Tributos Nac. y Municipales. 5.676.468.156
10 Versión Resultados. 0
1.10.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 79.561.705
1.10.9 Asignaciones Globales. 270.450.325
III - INVERSIONES. 1.763.080.000
Rubro Denominación $ $
0 Retribución de Serv. Personales 5.077.000
1 Cargas Legales 978.000
3 Servicios no Personales. 25.017.000
4 Maquinaria, Eq. y Mobiliario Nuevos. 1.404.603.000
5 Tierras, Edif. y otros Act. Preexist. 28.926.000
6 Construcc., Mejoras y Reparac. Ext. 237.698.000
7 Subsidios y Otras Transferencias. 31.000
8 Servicio de Deuda y Anticipos. 60.750.000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
diciembre de 2000.
El subrubro 7.9 "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
Específico Interno, la Tasa de Inflamables, el Impuesto al Valor Agregado
y el impuesto a la compra de moneda extranjera por $ 5.675:264.265 cuyo
monto, al igual que el Adelanto a Cuenta de Resultados dispuesto por el
artículo Nº 643 de la Ley 16.178 (*), no son de carácter limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y
de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
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(*) Donde dice: "16.178"; debe decir: "16.170".
--------------------------------------------------------------------------
PROGRAMA 1.11 ENERGIA GAS. $ $
I - INGRESOS. 74.536.899
a) Ingresos Propios. 74.536.899
1. Ventas Netas 27.195.867
2. Transf. Interdivisionales 41.085.982
3. IVA 6.255.050
b) Financiamiento Externo. 0
II PRESUPUESTO OPERATIVO 89.696.863
Rubro Denominación $ $
1.11.0 Retribución de Serv. Personales 4.351.650
1 Personal Presupuestado. 3.427.841
- Sueldos Básicos. 2.806.114
- Productividad. 599.336
- Adelanto a cuenta. 0
- Ato. Res. 470/92 de 21.05.92. 22.391
2 Personal Contratado. 0
- Otros Contratados. 0
- Adelanto a Cuenta. 0
- Ato. Res. 470/92 de 21.05.92. 0
- Changas. 0
3 Otras Compensaciones. 923.809
- Varios. 547.352
- Prima por Antigüedad. 78.781
- Quebranto de Caja. 0
- Compensación Producto. 19.202
- Viático compens. Comida. 278.474
1.11.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 1.153.186
1.11.2 Materiales y Suministros. 40.673.984
- Productos Energéticos. 40.145.489
- Varios. 528.495
1.11.3 Servicios no Personales. 24.769.516
1.11.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 332.116
1.11.7 Subsidios y Otras Transferencias. 14.620.642
5 Transf. a Unidades Familiares. 267.281
- Hogar Constituido. 36.348
- Asignación Familiar. 9.746
- Prima Nacim. y Matrimonio. 0
- Servicios Médicos. 221.187
- Serv. a Pers. en Actividad. 0
7 Pasantías y Becas. 0
9 Tributos Nacionales y 14.353.361
Municipales.
10 Versión Resultados. 0
1.11.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 1.822.500
1.11.9 Asignaciones Globales. 1.973.269
III - INVERSIONES. 244.212.000
Rubro Denominación $ $
3 Servicios no Personales. 9.717.000
6 Construcc., Mejoras y Reparac. Ext. 27.945.000
8 Servicio de Deuda y Anticipos. 206.550.000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
diciembre de 2000.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
a la Compra de Moneda Extranjera y el Impuesto al Valor Agregado por $
13:613.842 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo no podrá
adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
PROGRAMA 1.12 ENERGIA SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA
$ $
I - INGRESOS. 290.439.581
a) Ingresos Propios. 290.439.581
1. De Terceros. 156.730.214
2. Transf. Interdivisionales 133.709.367
b) Financiamiento Externo. 0
II PRESUPUESTO OPERATIVO 1.138.024.618
Rubro Denominación $ $
1.12.0 Retribución de Serv. Personales 238.222.963
1 Personal Presupuestado. 160.451.731
- Sueldos Básicos. 123.428.927
- Productividad. 35.123.386
- Adelanto a cuenta. 1.556
- Aumento Res. 470/92 de 1.897.862
21.05.92.
2 Personal Contratado. 5.707.346
- Otros Contratados. 5.400.755
- Adelanto a Cuenta. 20
- Aumento Res. 470/92 de 108.856
21.05.92.
- Changas. 197.715
3 Otras Compensaciones. 72.063.886
- Varios. 35.598.070
- Prima por Antigüedad. 7.357.251
- Quebranto de Caja. 788.846
- Compensación Producto. 2.029.694
- Viático compensación Comida. 26.290.025
1.12.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 57.179.256
1.12.2 Materiales y Suministros. 43.626.305
1.12.3 Servicios no Personales. 187.126.415
1.12.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 6.771.385
1.12.7 Subsidios y Otras Transferencias. 483.236.360
3 Subsidios Organismos Públicos. 8.371.884
4 Subsidios Organismos Privados. 7.111.751
5 Transferen. a Unidades 115.054.577
Familiares.
- Hogar Constituído. 3.468.208
- Asignación Familiar. 1.589.686
- Prima Nacimiento y 102.971
Matrimonio.
- Servicios Médicos. 97.474.582
- Otros con retardo mental. 2.548.219
- Servicos a Pers. en Actidad. 7.670.911
- Serv. a Personas por 2.200.000
Guardería.
7 Pasantías y Becas. 2.743.823
9 Tributos Nacionales y 349.954.325
Municipales.
10 Versión Resultados. 0
1.12.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 114.736.211
1.12.9 Asignaciones Globales. 7.125.723
III - INVERSIONES. 302.589.000
Rubro Denominación $ $
0 Retribución de Servicios Personales. 4.511.000
1 Cargas Leg. Sobre Serv. Personales. 1.195.000
2 Materiales y Suministros. 852.000
3 Servicios no Personales. 118.365.000
4 Maquinaria, Eq. Y Mob. Nuevos. 116.434.000
6 Construcc., Mejoras y Reparac. Extraord. 60.658.000
7 ubsidios y otras Transferencias. 574.000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
diciembre de 2000.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
al Valor Agregado y a la Compra de Moneda Extranjera por $ 345:482.574
cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar el
mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando
conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
PROGRAMA 1.13 ENERGIA Factor Humano a Reaplicar.
I PRESUPUESTO OPERATIVO 26.880.397
Rubro Denominación $ $
1.13.0 Retribución de Serv. Personales 17.401.442
1 Personal Presupuestado. 10.665.783
- Sueldos Básicos. 10.285.491
- Productividad. 0
- Adelanto a cuenta. 106
- Ato. Res. 470/92 de 21.05.92. 380.186
2 Personal Contratado. 0
- Otros Contratados. 0
- Adelanto a Cuenta. 0
- Ato. Res. 470/92 de 21.05.92. 0
- Changas. 0
3 Otras Compensaciones. 6.735.659
- Varios. 85.132
- Prima por Antigüedad. 1.362.571
- Quebranto de Caja. 0
- Compensación Producto. 342.851
- Viático compen. Comida. 4.945.105
1.13.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 4.081.300
1.13.2 Materiales y Suministros. 0
1.13.3 Servicios no Personales. 0
1.13.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 0
1.13.7 Subsidios y Otras Transferencias. 5.397.655
3 Subsidios Organismos Públicos. 0
4 Subsidios Organismos Privados. 0
5 Transf. a Unidades Familiares. 5.397.655
- Hogar Constituido. 813.993
- Asignación Familiar. 414.833
- Prima Nacim. y Matrimonio. 19.412
- Servicios Médicos. 2.885.188
- Otros con retardo mental. 0
- Serv. a Pers. en Actividad. 1.264.229
7 Pasantías y Becas. 0
9 Tributos Nac. y Municipales. 0
10 Versión Resultados. 0
1.13.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 0
1.13.9 Asignaciones Globales. 0
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
diciembre de 2000.
PROGRAMA 1.2 ALCOHOLES. $ $
I - INGRESOS. 234.334.758
a) Ingresos Propios. 234.334.758
1. Ventas Netas 142.528.644
2. Transf. Interdivisionales 455.833
3. IMESI e IVA. 89.839.763
4. Otros. 1.510.518
b) Financiamiento Externo. 0
II PRESUPUESTO OPERATIVO 191.238.976
Rubro Denominación $ $
1.2.0 Retribución de Serv. Personales 35.793.852
1 Personal Presupuestado. 23.117.118
- Sueldos Básicos. 17.673.806
- Productividad. 5.085.627
- Adelanto a cuenta. 205
- Ato. Res. 470/92 de 21.05.92. 357.480
2 Personal Contratado. 34.089
- Otros Contratados. 26.307
- Adelanto a Cuenta. 1
- Ato. Res. 470/92 de 21.05.92. 309
- Changas. 7.472
3 Otras Compensaciones. 12.642.645
- Varios. 6.088.113
- Prima por Antigüedad. 1.362.155
- Quebranto de Caja. 131.132
- Compensación Producto. 327.993
- Viático compen. Comida. 4.733.252
1.2.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 8.735.009
1.2.2 Materiales y Suministros. 49.745.766
1.2.3 Servicios no Personales. 13.035.090
1.2.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 1.578.185
1.2.7 Subsidios y Otras Transferencias. 80.420.303
5 Transf. a Unidades Familiares. 6.554.453
- Hogar Constituido. 620.383
- Asignación Familiar. 296.071
- Prima Nacim. y Matrimonio. 49.017
- Servicios Médicos. 3.788.982
- Serv. a Pers. en Actividad. 1.800.000
7 Pasantías y Becas. 974.083
9 Tributos Nac. y Municipales. 72.891.767
10 Versión Resultados. 0
1.2.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 0
1.2.9 Asignaciones Globales. 1.930.771
III - INVERSIONES. 36.178.000
Rubro Denominación $ $
4 Maquin., Equipo y Mobiliario Nuevos. 30.792.000
6 Construcc., Mejoras y Reparac. Ext. 5.386.000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
diciembre de 2000.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
Específico Interno, al Valor Agregado, y a la Compra de Moneda Extranjera
por $ 72:093.405 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo
podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
PROGRAMA 1.3 PORTLAND. $ $
I - INGRESOS. 652.014.609
a) Ingresos Propios. 652.014.609
1. Ventas Netas 521.275.238
2. Transf. Interdivisionales 2.887.024
3. IVA. 119.893.305
4. Otros. 7.959.042
b) Financiamiento Externo. 0
II PRESUPUESTO OPERATIVO 684.367.008
Rubro Denominación $ $
1.3.0 Retribución de Serv. Personales 91.339.579
1 Personal Presupuestado. 47.694.181
- Sueldos Básicos. 36.259.649
- Productividad. 10.640.991
- Adelanto a cuenta. 331
- Ato. Res. 470/92 de 21.05.92. 793.210
2 Personal Contratado. 302.449
- Otros Contratados. 256.809
- Adelanto a Cuenta. 0
- Ato. Res. 470/92 de 21.05.92. 5.267
- Changas. 40.373
3 Otras Compensaciones. 43.342.949
- Varios. 29.285.096
- Prima por Antigüedad. 2.706.853
- Quebranto de Caja. 246.312
- Compensación Producto. 719.970
- Viático compen. Comida. 10.384.718
1.3.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 22.751.303
1.3.2 Materiales y Suministros. 200.234.973
1.3.3 Servicios no Personales. 145.848.373
1.3.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 25.512.400
1.3.7 Subsidios y Otras Transferencias. 187.532.508
5 Transf. a Unidades Familiares. 11.664.288
- Hogar Constituido. 1.757.647
- Asignación Familiar. 639.954
- Prima Nacim. y Matrimonio. 39.212
- Servicios Médicos. 8.377.475
- Serv. a Pers. en Actidad. 850.000
7 Pasantías y Becas. 3.897.201
9 Tributos Nac. y Municipales. 171.971.019
10 Versión Resultados. 0
1.3.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 0
1.3.9 Asignaciones Globales. 11.147.872
III - INVERSIONES. 426.401.000
Rubro Denominación $ $
3 Servicios no Personales. 8.262.000
4 Maquin., Equipo y Mobiliario Nuevos. 402.951.000
5 Tierras, edificios y otros Act. Preex. 9.113.000
6 Construcc., Mejoras y Reparac. Ext. 6.075.000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
diciembre de 2000.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
al Valor Agregado y a la Compra de Moneda Extranjera por $ 171:685.439,
cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar el
mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando
conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 403/001 de
11/10/2001.
Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto
Nº 84/84 del 1º de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo
concerniente a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, entre rubros de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre el componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la
autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10
días siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal
de Cuentas.
Las partidas de retribuciones personales y cargas legales contienen
hasta el efecto (desde su vigencia en este año) del incremento aplicado a
partir del 1º de enero de 2000 y fueron reducidas en el 100% de las bajas
producidas en el período enero - junio de 1999.
La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland deberá
elevar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, antes del 30 de abril
de 2001, la eliminación del 25% de las vacantes no incentivadas generadas
en el período 1º de julio de 1999 y 31 de diciembre de 2000.
Los beneficios sociales que evolucionan con el Salario Mínimo
Nacional, Indice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados
a valores medios enero - diciembre de 2000, y se ajustarán a la evolución
que registren dichos parámetros.
El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo
adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras
Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en
períodos no menores de seis meses y a realizar el ajuste de las
respectivas partidas presupuestales dando cuenta al Poder Ejecutivo y al
Tribunal de Cuentas en cada oportunidad. Para ello se tendrá en cuenta la
variación del índice general de precios al consumo confeccionado por el
Instituto Nacional de Estadísticas, el Convenio suscrito entre el Poder
Ejecutivo y la Mesa Sindical Coordinadora de Entes y sus disponibilidades
financieras. (*)
Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre
Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" para
financiar la incorporación y recomposición de carrera de aquellos funcionarios que fueron destituidos o postergados en virtud de lo dispuesto en el Acto Institucional Nº 7, o mediante actos contrarios a
una regla de derecho o dictados con desviación de poder, previa comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de
Cuentas.
La prima por antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por
ciento) del Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el
Poder Ejecutivo.
La prima por Hogar Constituido se liquidará de acuerdo a lo dispuesto
en el art. 24 de la Ley Nº 15.983 (*) de 10 de noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten
para el Salario Mínimo Nacional para la actividad privada.
--------------------------------------------------------------------------
(*) Donde dice: "15.983"; debe decir: "15.903".
--------------------------------------------------------------------------
El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de
Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con
vigencia desde el 1º de junio de 1986.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto Específico Interno, el Impuesto al Valor Agregado, y la Tasa de
Inflamable a nivel de enero - diciembre de 2000 cuyas partidas al igual
que el Adelanto a Cuenta de Resultados dispuesto por el Artículo Nº 643
de la Ley Nº 16.178 (*), no son de carácter limitativo. El Organismo
podrá adecuar sus montos de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
--------------------------------------------------------------------------
(*) Donde dice: "16.178"; debe decir: "16.170".
--------------------------------------------------------------------------
Las partidas de gastos (funcionamiento y de inversión) están
calculadas en moneda nacional a nivel medio de enero - diciembre de 2000
y las en moneda extranjera al tipo de cambio de un dólar $ 12,15.
Las mismas se ajustarán en función de la variación del I.P.C.
confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística y la evolución del
tipo de cambio vendedor del dólar, respectivamente.
Para la elaboración y ejecución del Presupuesto Anual se aplica la
metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos
impartidos por el Poder Ejecutivo. Las Asignaciones presupuestales se
afectarán por las incorporaciones de bienes y servicios.
Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones
presupuestales de los rubros de gastos e inversiones, se realizará
reajustando los duodécimos de cada rubro para el período que resta hasta
el fin del ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas
presupuestales a precio promedio corriente del año. Dichos ajustes se
realizan en función de los aumentos salariales dispuestos de acuerdo con el artículo 5º y las variaciones estimadas del I.P.C. y del tipo de
cambio promedio para dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes Industriales, Comerciales y
Financieros del Estado en un plazo no mayor de 15 días a partir de la vigencia del incremento salarial.
Los Directorios a su vez en un plazo no mayor de 30 días, deberán elevar
la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de
proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las
partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal
de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para su conocimiento.
En materia de trasposiciones y/o ampliaciones de rubros y proyectos se
aplica lo dispuesto en la Norma Nº 1 de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto de junio de 1968 y disposiciones concordantes.
El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero servirá
para reforzar los restantes rubros, salvo el Rubro 0 "Retribución de
Servicios Personales"; el rubro 1 "Cargas Legales sobre Servicios
Personales y el subrubro 7.5. "Transferencias a Unidades Familiares por
Personal en Actividad" del rubro 7 "Subsidios y Otras Transferencias".
La autorización de los refuerzos mediante el uso del rubro 9
"Asignaciones Globales" será de resorte interno del Organismo.
Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones a regir para el
año y según lo dispuesto por el art. Nº 228 de la Constitución, rigen las
partidas ajustadas del último presupuesto aprobado.