APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2000




Promulgación: 11/10/2001
Publicación: 22/10/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 941
Referencias a toda la norma
   VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones 
Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de 
Combustibles, Alcohol y Portland correspondiente al ejercicio 2000.

   CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen:

   ATENTO: A lo establecido en el Art. Nº 221 de la Constitución de la 
República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  

Artículo 1

   Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de 
Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y 
Portland correspondiente al Ejercicio 2000, de acuerdo con el siguiente 
detalle:

PROGRAMA 1.10 ENERGIA COMBUSTIBLES.               $               $

I - INGRESOS.                                              15.756.514.015

  a) Ingresos Propios.                                     15.489.214.015
  1. Ventas Netas                       9.759.632.966
  2. Transf. Interdivisionales             52.668.300
  3. IMESI e IVA                        5.389.071.985
  4. Otros                                287.840.764
  b) Financiamiento Externo.                                  267.300.000

II PRESUPUESTO OPERATIVO                                   15.397.303.819

Rubro             Denominación                   $                $

1.10.0  Retribución de Serv. Personales                       261.720.503
  1     Personal Presupuestado.           148.979.892
        - Sueldos Básicos.                117.561.206
        - Productividad.                   29.791.711
        - Adelanto a cuenta.                      397
        - Ato. Res. 470/92 de 21.05.92.     1.626.578

  2     Personal Contratado.                9.680.883
        - Otros Contratados.                5.910.414
        - Adelanto a Cuenta.                       12
        - Ato. Res. 470/92 de 21.05.92.       187.795
        - Changas.                          3.582.662

  3     Otras Compensaciones.             103.059.728
        - Varios.                          72.978.281
        - Prima por Antigüedad.             5.763.587
        - Quebranto de Caja.                  297.879
        - Compensación Producto.            1.992.930
        - Viático compens. Comida.         22.027.051

1.10.1  Cargas Legales sobre Serv. Personales.                 65.247.272
1.10.2  Materiales y Suministros.                           6.577.049.641
        - Compra de Crudo.              5.422.646.378
        - Importación de Derivados.       951.905.478
        - Varios.                         202.497.785

1.10.3  Servicios no Personales.                            2.417.256.021
1.10.4  Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.               20.705.172
1.10.7  Subsidios y Otras Transferencias.                   5.705.313.180
  5     Transf. a Unidades Familiares.     26.336.085
        - Hogar Constituido.                4.091.924
        - Asignación Familiar.              1.539.316
        - Prima Nacim. y Matrimonio.          107.791
        - Servicios Médicos.               18.997.054
        - Serv. a Pers. en Actividad.       1.600.000

  7     Pasantías y Becas.                  2.508.939
  9     Tributos Nac. y Municipales.    5.676.468.156
  10    Versión Resultados.                         0
1.10.8  Servicio de Deuda y Anticipos.                         79.561.705
1.10.9  Asignaciones Globales.                                270.450.325

III     - INVERSIONES.                                      1.763.080.000

Rubro             Denominación                   $                $

0       Retribución de Serv. Personales                         5.077.000
1       Cargas Legales                                            978.000
3       Servicios no Personales.                               25.017.000
4       Maquinaria, Eq. y Mobiliario Nuevos.                1.404.603.000
5       Tierras, Edif. y otros Act. Preexist.                  28.926.000
6       Construcc., Mejoras y Reparac. Ext.                   237.698.000
7       Subsidios y Otras Transferencias.                          31.000
8       Servicio de Deuda y Anticipos.                         60.750.000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
diciembre de 2000.
El subrubro 7.9 "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
Específico Interno, la Tasa de Inflamables, el Impuesto al Valor Agregado 
y el impuesto a la compra de moneda extranjera por $ 5.675:264.265 cuyo 
monto, al igual que el Adelanto a Cuenta de Resultados dispuesto por el 
artículo Nº 643 de la Ley 16.178 (*), no son de carácter limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y 
de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto.

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(*) Donde dice: "16.178"; debe decir: "16.170".
--------------------------------------------------------------------------

PROGRAMA 1.11 ENERGIA GAS.                       $                $

I - INGRESOS.                                                  74.536.899

  a) Ingresos Propios.                                         74.536.899
  1. Ventas Netas                          27.195.867
  2. Transf. Interdivisionales             41.085.982
  3. IVA                                    6.255.050
  b) Financiamiento Externo.                                            0

II   PRESUPUESTO OPERATIVO                                     89.696.863

Rubro             Denominación                   $                $

1.11.0  Retribución de Serv. Personales                         4.351.650
  1     Personal Presupuestado.             3.427.841
        - Sueldos Básicos.                  2.806.114
        - Productividad.                      599.336
        - Adelanto a cuenta.                        0
        - Ato. Res. 470/92 de 21.05.92.        22.391

  2     Personal Contratado.                        0
        - Otros Contratados.                        0
        - Adelanto a Cuenta.                        0
        - Ato. Res. 470/92 de 21.05.92.             0
        - Changas.                                  0

  3     Otras Compensaciones.                 923.809
        - Varios.                             547.352
        - Prima por Antigüedad.                78.781
        - Quebranto de Caja.                        0
        - Compensación Producto.               19.202
        - Viático compens. Comida.            278.474

1.11.1  Cargas Legales sobre Serv. Personales.                  1.153.186
1.11.2  Materiales y Suministros.                              40.673.984
        - Productos Energéticos.           40.145.489
        - Varios.                             528.495

1.11.3  Servicios no Personales.                               24.769.516
1.11.4  Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.                  332.116
1.11.7  Subsidios y Otras Transferencias.                      14.620.642
  5     Transf. a Unidades Familiares.        267.281
        - Hogar Constituido.                   36.348
        - Asignación Familiar.                  9.746
        - Prima Nacim. y Matrimonio.                0
        - Servicios Médicos.                  221.187
        - Serv. a Pers. en Actividad.               0

  7     Pasantías y Becas.                          0
  9     Tributos Nacionales y              14.353.361
        Municipales.
  10    Versión Resultados.                         0
1.11.8  Servicio de Deuda y Anticipos.                          1.822.500
1.11.9  Asignaciones Globales.                                  1.973.269

III - INVERSIONES.                                            244.212.000

Rubro             Denominación                   $                $

3       Servicios no Personales.                                9.717.000
6       Construcc., Mejoras y Reparac. Ext.                    27.945.000
8       Servicio de Deuda y Anticipos.                        206.550.000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
diciembre de 2000.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
a la Compra de Moneda Extranjera y el Impuesto al Valor Agregado por $ 
13:613.842 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo no podrá 
adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de 
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.12 ENERGIA SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA

                                                 $                $
I - INGRESOS.                                                 290.439.581
  a) Ingresos Propios.                                        290.439.581
  1. De Terceros.                        156.730.214
  2. Transf. Interdivisionales           133.709.367
  b) Financiamiento Externo.                                            0

II   PRESUPUESTO OPERATIVO                                  1.138.024.618

Rubro             Denominación                   $                $
1.12.0  Retribución de Serv. Personales                       238.222.963
  1     Personal Presupuestado.           160.451.731
        - Sueldos Básicos.                123.428.927
        - Productividad.                   35.123.386
        - Adelanto a cuenta.                    1.556
        - Aumento Res. 470/92 de            1.897.862
        21.05.92.

  2     Personal Contratado.                5.707.346
        - Otros Contratados.                5.400.755
        - Adelanto a Cuenta.                       20
        - Aumento Res. 470/92 de              108.856
        21.05.92.
        - Changas.                            197.715

  3     Otras Compensaciones.              72.063.886
        - Varios.                          35.598.070
        - Prima por Antigüedad.             7.357.251
        - Quebranto de Caja.                  788.846
        - Compensación Producto.            2.029.694
        - Viático compensación Comida.     26.290.025

1.12.1  Cargas Legales sobre Serv. Personales.                 57.179.256
1.12.2  Materiales y Suministros.                              43.626.305
1.12.3  Servicios no Personales.                              187.126.415
1.12.4  Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.                6.771.385
1.12.7  Subsidios y Otras Transferencias.                     483.236.360
  3     Subsidios Organismos Públicos.      8.371.884
  4     Subsidios Organismos Privados.      7.111.751
  5     Transferen. a Unidades            115.054.577
        Familiares.
        - Hogar Constituído.                3.468.208
        - Asignación Familiar.              1.589.686
        - Prima Nacimiento y                  102.971
        Matrimonio.
        - Servicios Médicos.               97.474.582
        - Otros con retardo mental.         2.548.219
        - Servicos a Pers. en Actidad.      7.670.911
        - Serv. a Personas por              2.200.000
        Guardería.

  7     Pasantías y Becas.                  2.743.823
  9     Tributos Nacionales y             349.954.325
        Municipales.
  10    Versión Resultados.                         0
1.12.8  Servicio de Deuda y Anticipos.                        114.736.211
1.12.9  Asignaciones Globales.                                  7.125.723

III     - INVERSIONES.                                        302.589.000

Rubro             Denominación                   $                $
0       Retribución de Servicios Personales.                    4.511.000
1       Cargas Leg. Sobre Serv. Personales.                     1.195.000
2       Materiales y Suministros.                                 852.000
3       Servicios no Personales.                              118.365.000
4       Maquinaria, Eq. Y Mob. Nuevos.                        116.434.000
6       Construcc., Mejoras y Reparac. Extraord.               60.658.000
7       ubsidios y otras Transferencias.                          574.000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
diciembre de 2000.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
al Valor Agregado y a la Compra de Moneda Extranjera por $ 345:482.574 
cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar el 
mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando 
conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto.

PROGRAMA 1.13 ENERGIA Factor Humano a Reaplicar.

I       PRESUPUESTO OPERATIVO                                  26.880.397

Rubro             Denominación                   $                  $

1.13.0  Retribución de Serv. Personales                        17.401.442
  1     Personal Presupuestado.            10.665.783
        - Sueldos Básicos.                 10.285.491
        - Productividad.                            0
        - Adelanto a cuenta.                      106
        - Ato. Res. 470/92 de 21.05.92.       380.186

  2     Personal Contratado.                        0
        - Otros Contratados.                        0
        - Adelanto a Cuenta.                        0
        - Ato. Res. 470/92 de 21.05.92.             0
        - Changas.                                  0

  3     Otras Compensaciones.               6.735.659
        - Varios.                              85.132
        - Prima por Antigüedad.             1.362.571
        - Quebranto de Caja.                        0
        - Compensación Producto.              342.851
        - Viático compen. Comida.           4.945.105

1.13.1  Cargas Legales sobre Serv. Personales.                  4.081.300
1.13.2  Materiales y Suministros.                                       0
1.13.3  Servicios no Personales.                                        0
1.13.4  Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.                        0
1.13.7  Subsidios y Otras Transferencias.                       5.397.655
  3     Subsidios Organismos Públicos.              0
  4     Subsidios Organismos Privados.              0
  5     Transf. a Unidades Familiares.      5.397.655
        - Hogar Constituido.                  813.993
        - Asignación Familiar.                414.833
        - Prima Nacim. y Matrimonio.           19.412
        - Servicios Médicos.                2.885.188
        - Otros con retardo mental.                 0
        - Serv. a Pers. en Actividad.       1.264.229

  7     Pasantías y Becas.                          0
  9     Tributos Nac. y Municipales.                0
  10    Versión Resultados.                         0
1.13.8  Servicio de Deuda y Anticipos.                                  0
1.13.9  Asignaciones Globales.                                          0

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
diciembre de 2000.

PROGRAMA 1.2 ALCOHOLES.                          $                $

I - INGRESOS.                                                 234.334.758

  a) Ingresos Propios.                                        234.334.758
  1. Ventas Netas                         142.528.644
  2. Transf. Interdivisionales                455.833
  3. IMESI e IVA.                          89.839.763
  4. Otros.                                 1.510.518
  b) Financiamiento Externo.                                            0

II  PRESUPUESTO OPERATIVO                                     191.238.976

Rubro             Denominación                   $                $

1.2.0   Retribución de Serv. Personales                        35.793.852
  1     Personal Presupuestado.            23.117.118
        - Sueldos Básicos.                 17.673.806
        - Productividad.                    5.085.627
        - Adelanto a cuenta.                      205
        - Ato. Res. 470/92 de 21.05.92.       357.480

  2     Personal Contratado.                   34.089
        - Otros Contratados.                   26.307
        - Adelanto a Cuenta.                        1
        - Ato. Res. 470/92 de 21.05.92.           309
        - Changas.                              7.472

  3     Otras Compensaciones.              12.642.645
        - Varios.                           6.088.113
        - Prima por Antigüedad.             1.362.155
        - Quebranto de Caja.                  131.132
        - Compensación Producto.              327.993
        - Viático compen. Comida.           4.733.252

1.2.1   Cargas Legales sobre Serv. Personales.                  8.735.009
1.2.2   Materiales y Suministros.                              49.745.766
1.2.3   Servicios no Personales.                               13.035.090
1.2.4   Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.                1.578.185
1.2.7   Subsidios y Otras Transferencias.                      80.420.303
  5     Transf. a Unidades Familiares.      6.554.453
        - Hogar Constituido.                  620.383
        - Asignación Familiar.                296.071
        - Prima Nacim. y Matrimonio.           49.017
        - Servicios Médicos.                3.788.982
        - Serv. a Pers. en Actividad.       1.800.000

  7     Pasantías y Becas.                    974.083
  9     Tributos Nac. y Municipales.       72.891.767
  10    Versión Resultados.                         0
1.2.8   Servicio de Deuda y Anticipos.                                  0
1.2.9   Asignaciones Globales.                                  1.930.771

III - INVERSIONES.                                             36.178.000

Rubro             Denominación                   $                $

4       Maquin., Equipo y Mobiliario Nuevos.                   30.792.000
6       Construcc., Mejoras y Reparac. Ext.                     5.386.000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
diciembre de 2000.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
Específico Interno, al Valor Agregado, y a la Compra de Moneda Extranjera 
por $ 72:093.405 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo 
podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de 
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.3     PORTLAND.                       $                $

I - INGRESOS.                                                 652.014.609

  a) Ingresos Propios.                                        652.014.609
  1. Ventas Netas                         521.275.238
  2. Transf. Interdivisionales              2.887.024
  3. IVA.                                 119.893.305
  4. Otros.                                 7.959.042
  b) Financiamiento Externo.                                            0

II   PRESUPUESTO OPERATIVO                                    684.367.008

Rubro             Denominación                   $                $

1.3.0   Retribución de Serv. Personales                        91.339.579
  1     Personal Presupuestado.            47.694.181
        - Sueldos Básicos.                 36.259.649
        - Productividad.                   10.640.991
        - Adelanto a cuenta.                      331
        - Ato. Res. 470/92 de 21.05.92.       793.210

  2     Personal Contratado.                  302.449
        - Otros Contratados.                  256.809
        - Adelanto a Cuenta.                        0
        - Ato. Res. 470/92 de 21.05.92.         5.267
        - Changas.                             40.373

  3     Otras Compensaciones.              43.342.949
        - Varios.                          29.285.096
        - Prima por Antigüedad.             2.706.853
        - Quebranto de Caja.                  246.312
        - Compensación Producto.              719.970
        - Viático compen. Comida.          10.384.718

1.3.1   Cargas Legales sobre Serv. Personales.                 22.751.303
1.3.2   Materiales y Suministros.                             200.234.973
1.3.3   Servicios no Personales.                              145.848.373
1.3.4   Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.               25.512.400
1.3.7   Subsidios y Otras Transferencias.                     187.532.508
  5     Transf. a Unidades Familiares.     11.664.288
        - Hogar Constituido.                1.757.647
        - Asignación Familiar.                639.954
        - Prima Nacim. y Matrimonio.           39.212
        - Servicios Médicos.                8.377.475
        - Serv. a Pers. en Actidad.           850.000

  7     Pasantías y Becas.                  3.897.201
  9     Tributos Nac. y Municipales.      171.971.019
  10    Versión Resultados.                         0
1.3.8   Servicio de Deuda y Anticipos.                                  0
1.3.9   Asignaciones Globales.                                 11.147.872

III - INVERSIONES.                                            426.401.000

Rubro             Denominación                   $                $

3       Servicios no Personales.                                8.262.000
4       Maquin., Equipo y Mobiliario Nuevos.                  402.951.000
5       Tierras, edificios y otros Act. Preex.                  9.113.000
6       Construcc., Mejoras y Reparac. Ext.                     6.075.000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
diciembre de 2000.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
al Valor Agregado y a la Compra de Moneda Extranjera por $ 171:685.439, 
cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar el 
mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando 
conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 403/001 de 
11/10/2001.

Artículo 2

   Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto 
Nº 84/84 del 1º de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo 
concerniente a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, entre rubros de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre el componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la 
autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10 
días siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal 
de Cuentas.

Artículo 3

   Las partidas de retribuciones personales y cargas legales contienen 
hasta el efecto (desde su vigencia en este año) del incremento aplicado a 
partir del 1º de enero de 2000 y fueron reducidas en el 100% de las bajas 
producidas en el período enero - junio de 1999.
La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland deberá 
elevar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, antes del 30 de abril 
de 2001, la eliminación del 25% de las vacantes no incentivadas generadas 
en el período 1º de julio de 1999 y 31 de diciembre de 2000.

Artículo 4

   Los beneficios sociales que evolucionan con el Salario Mínimo
Nacional, Indice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados 
a valores medios enero - diciembre de 2000, y se ajustarán a la evolución 
que registren dichos parámetros.

Artículo 5

   El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo 
adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras 
Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en 
períodos no menores de seis meses y a realizar el ajuste de las 
respectivas partidas presupuestales dando cuenta al Poder Ejecutivo y al 
Tribunal de Cuentas en cada oportunidad. Para ello se tendrá en cuenta la 
variación del índice general de precios al consumo confeccionado por el 
Instituto Nacional de Estadísticas, el Convenio suscrito entre el Poder 
Ejecutivo y la Mesa Sindical Coordinadora de Entes y sus disponibilidades 
financieras. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.

Artículo 6

   Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre
Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" para 
financiar la incorporación y recomposición de carrera de aquellos funcionarios que fueron destituidos o postergados en virtud de lo dispuesto en el Acto Institucional Nº 7, o mediante actos contrarios a 
una regla de derecho o dictados con desviación de poder, previa comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de 
Cuentas.

Artículo 7

   La prima por antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por 
ciento) del Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el 
Poder Ejecutivo.

Artículo 8

   La prima por Hogar Constituido se liquidará de acuerdo a lo dispuesto 
en el art. 24 de la Ley Nº 15.983 (*) de 10 de noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten 
para el Salario Mínimo Nacional para la actividad privada.

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(*) Donde dice: "15.983"; debe decir: "15.903".
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Artículo 9

   El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de 
Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con 
vigencia desde el 1º de junio de 1986.

Artículo 10

   El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto Específico Interno, el Impuesto al Valor Agregado, y la Tasa de 
Inflamable a nivel de enero - diciembre de 2000 cuyas partidas al igual 
que el Adelanto a Cuenta de Resultados dispuesto por el Artículo Nº 643 
de la Ley Nº 16.178 (*), no son de carácter limitativo. El Organismo 
podrá adecuar sus montos de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de 
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto.

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(*) Donde dice: "16.178"; debe decir: "16.170".
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Artículo 11

   Las partidas de gastos (funcionamiento y de inversión) están 
calculadas en moneda nacional a nivel medio de enero - diciembre de 2000
y las en moneda extranjera al tipo de cambio de un dólar $ 12,15.
Las mismas se ajustarán en función de la variación del I.P.C. 
confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística y la evolución del 
tipo de cambio vendedor del dólar, respectivamente.

Artículo 12

   Para la elaboración y ejecución del Presupuesto Anual se aplica la 
metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos 
impartidos por el Poder Ejecutivo. Las Asignaciones presupuestales se 
afectarán por las incorporaciones de bienes y servicios.

Artículo 13

   Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones 
presupuestales de los rubros de gastos e inversiones, se realizará 
reajustando los duodécimos de cada rubro para el período que resta hasta 
el fin del ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas 
presupuestales a precio promedio corriente del año. Dichos ajustes se 
realizan en función de los aumentos salariales dispuestos de acuerdo con el artículo 5º y las variaciones estimadas del I.P.C. y del tipo de 
cambio promedio para dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes Industriales, Comerciales y 
Financieros del Estado en un plazo no mayor de 15 días a partir de la vigencia del incremento salarial.
Los Directorios a su vez en un plazo no mayor de 30 días, deberán elevar 
la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de 
proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las 
partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal 
de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para su conocimiento.

Artículo 14

   En materia de trasposiciones y/o ampliaciones de rubros y proyectos se 
aplica lo dispuesto en la Norma Nº 1 de la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto de junio de 1968 y disposiciones concordantes.

Artículo 15

   El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero servirá 
para reforzar los restantes rubros, salvo el Rubro 0 "Retribución de 
Servicios Personales"; el rubro 1 "Cargas Legales sobre Servicios 
Personales y el subrubro 7.5. "Transferencias a Unidades Familiares por 
Personal en Actividad" del rubro 7 "Subsidios y Otras Transferencias".
La autorización de los refuerzos mediante el uso del rubro 9 
"Asignaciones Globales" será de resorte interno del Organismo.

Artículo 16

   Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto 
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones a regir para el 
año y según lo dispuesto por el art. Nº 228 de la Constitución, rigen las 
partidas ajustadas del último presupuesto aprobado.

Artículo 17

   Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 18

   Comuníquese, publíquese, etc.


BATLLE - SERGIO ABREU - ALBERTO BENSION



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