REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 17.777 DE SOCIEDADES AGRARIAS




Promulgación: 10/11/2004
Publicación: 16/11/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1180
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.777 de 21/05/2004.

Artículo 12

   Estipulaciones prohibidas.

   En los actos colectivos y estatutos de las asociaciones agrarias y en
los contratos de sociedades agrarias, se tendrán por no dispuestas las
estipulaciones que contengan las prohibiciones previstas en el artículo
1892° del Código Civil.
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