Calidad de productor rural.
En caso de personas físicas, la calidad de productor rural se deberá
acreditar por cualquier medio documental de donde surja su inscripción
como tal y si no existiere, mediante su declaración. En todo caso deberá
expresarse la modalidad de actividad agraria que se realiza (ganadero,
granjero, etc.).-
De la calidad de productor rural así acreditada, se dejará constancia en el contrato o en el acto colectivo.
En caso de personas jurídicas se deberá además, estar al objeto
social.