Base de Ordenamiento.
La base de ordenamiento de la Sección Sociedades Agrarias la constituirán las fichas personales de las asociaciones o sociedades agrarias, en las cuales se concentrará todo el movimiento jurídico de las
mismas, con el alcance y efectos que se establecen en el artículo 93° de
la Ley N° 16.871, de 28 de setiembre de 1997.