(vigencia a partir de 01/01/2014) reglamentario/a de:
Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 311,
Ley Nº 16.170 de 28/12/1990 artículo 202.
Capítulo III
Criterios para medir el Factor desempeño del funcionario
Artículo 9
Medición de cumplimiento de metas personales por desempeño individual -
El desempeño individual será valorado teniendo en cuenta los siguientes
cuatro indicadores que surgen del sistema general de evaluación del
desempeño de los funcionarios de la Administración Central: calidad de
trabajo; iniciativa; capacidad de realizar trabajos en grupo;
responsabilidad y compromiso.
La valoración del desempeño individual del funcionario se realizará para
cada indicador, utilizando un puntaje de 1 a 5, correspondiendo el número
1 a la puntuación inferior y el número 5 a la puntuación superior.