REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 329 A 332 DE LA LEY 20.212, EN LO RELATIVO A LA REMUNERACION QUE PERCIBEN QUIENES DECLAMEN O RECITEN UNA OBRA LITERARIA, O INTERPRETEN UNA OBRA MUSICAL




Promulgación: 12/12/2023
Publicación: 15/12/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 17.616 de 10/01/2003 artículo 24,
      Ley Nº 9.739 de 17/12/1937 artículos 36, 39 y 58.

Artículo 7

   (Vigencia). El presente Decreto entrará en vigencia el 1° de enero de 2024.
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