FIJACION DE LOS HONORARIOS FICTOS Y ARANCELES APLICABLES EN ASUNTOS JUDICIALES




Promulgación: 20/05/1980
Publicación: 13/10/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 1053

CAPITULO III - FISCALIZACION

Artículo 15

   (Expedientes administrativos).- Con las comunicaciones a que se
refieren los artículos 8 y 14 de este decreto, la Caja de Jubilaciones y
Pensiones de Profesionales Universitarios formará expedientes de denuncia
de infracción con arreglo al Código Tributario, a los efectos de la
aplicación, si correspondiere, de los Capítulos IV y V de dicho Código.
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