APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE UTE. EJERCICIO 2000




Promulgación: 29/12/2000
Publicación: 21/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 11

 TRASPOSICIONES. Las trasposiciones entre rubros del Presupuesto de 
Compras serán aprobadas por el Directorio de UTE y comunicadas a la 
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas dentro de 
los diez días subsiguientes. El Directorio delega tal función en la 
figura del Gerente General.

Las trasposiciones regirán hasta el 31 de diciembre y tendrán las 
siguientes limitaciones:

a. Sólo podrán servir como reforzantes partidas que tengan asignación de 
carácter anual y no sean estimativas;

b. Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales 
sobre Servicios Personales" y el subrubro 7.5. "Transferencias a Unidades 
Personales" no podrán reforzarse con otros rubros ni servir como rubros 
reforzantes.

c. Los renglones del rubro 0 "Retribución de Servicios Personales" podrán 
reforzarse entre sí ajustándose a la condición de que solo traspongan 
hasta el monto del crédito disponible y no comprometido,

d. Los rubros 7 "Subsidios y otras Transferencias" y 8 "Servicio de Deuda 
y Anticipos", no podrán servir como reforzantes;

e. Los rubros "2", "3", "4", "5" y "6" podrán reforzarse entre sí;

f. Los subrubros 7.1.; 7.2; 7.3.; 7.8; y 7.9 podrán reforzarse con los 
rubros 2; 3; 4; 5; 6 o entre sí.
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