Modifícase la redacción del artículo 45º de las Normas de Ejecución
Presupuestal que quedará redactado en los siguientes términos: "Artículo
45°:Plan Estratégico. El Directorio podrá reglamentar la asignación de
funciones en cargos cuyo perfil y destino sea definido en el marco del
proceso de transición hasta la implementación definitiva del Plan
Estratégico. Las nuevas denominaciones de cargos a que se hace
referencia, tendrán una relación retributiva con los ya existentes, lo
que deberá ser explicitado específicamente. Dicha reasignación de
funciones deberá contar con la previa aprobación de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto. Una vez obtenida la misma, se deberá dar
cuenta detallada de los cambios estructurales que se realicen a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas."