Créanse, dependientes de la Dirección de Cooperación Jurídica
Internacional y de Justicia del Ministerio de Educación y Cultura, la
Asesoría Autoridad Central de Cooperación Jurídica Internacional y la
Dirección de Justicia, cuyos objetivos, funciones y cometidos serán los
siguientes:
"Compete a la Asesoría Autoridad Central de Cooperación Jurídica
Internacional:
"a) responder por sí o cometiendo la respuesta, las consultas
provenientes de órganos competentes del exterior, acerca del Derecho
interno e Internacional Privado de la República, así como aquellas
provenientes de órganos públicos nacionales referidas al contenido y
vigencia del Derecho Internacional Privado del País o de un Derecho
Extranjero.
"b) apoyar a través de la Dirección de Cooperación Jurídica
Internacional y de Justicia, a la Secretaría de la Junta Nacional de
Prevención y Represión del Tráfico Ilícito y Uso y Abuso de Drogas, en lo
relativo a la normativa de fuente nacional y convencional sobre
Cooperación Penal Internacional y Extradición;
"c) actuar como órgano de recepción y expedición de rogatorias
judiciales recibidas desde y hacia el exterior.
"Compete a la Dirección de Justicia:
"a) realizar la conexión técnico-administrativa entre el Ministerio de
Educación y Cultura y los servicios de él dependientes, a saber:
"I) Ministerio Público y Fiscal
"II) Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo.
"III) Fiscales de Gobierno
"IV) Registros Públicos
"V) Registros de Estado Civil
"b) ejercer funciones de control directo relativo a la política
administrativa de las asociaciones civiles y fundaciones, y proceder a su
registro". (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 95/996 de 12/03/1996 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 407/985 de 31/07/1985 artículo 4.