A.S.S.E.- El Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del
Estado" adecuará las remuneraciones de sus funcionarios de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo primero de este Decreto. Otórgase a los
funcionarios no médicos del Inciso 29 "Administración de los Servicios de
Salud del Estado" un incremento del 5% (cinco por ciento), según lo
preceptuado en el artículo primero de este Decreto.
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 49/010 de 01/02/2010 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 41/008 de 23/01/2008 artículo 8.