PROMOCION DE VENTAS A TURISTAS. INCLUSION DE PRODUCTOS. DESARROLLO DE ZONAS FRONTERIZAS




Promulgación: 12/08/1987
Publicación: 26/08/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 165
    Visto: los decretos 222/986, y 386/986, de 22 de abril y 24 de julio
de 1986, respectivamente.
    Resultando: que por los mismos se estableció un régimen promocinal de
ventas a turistas en las ciudades de Rivera y Chuy, con el objetivo de
promover la actividad económica en esas zonas fronterizas.
   Considerando: I) Que la experiencia adquirida en la aplicación de la
política de referencia hace necesario introducir algunos ajustes;
II) Que existen bienes que normalmente son adquiridos por turistas que no
se encuentran amparados en el régimen, por los que su inclusión se
justifica.
    Atento: a lo informado por la Asesoría Económico Financiera del
Ministerio de Economía y Finanzias,
    El Presidente de la República
                     DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 320/993 de 07/07/1993 artículo 19.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 410/987 de 12/08/1987 artículo 1.
Referencias al artículo

Artículo 2

(*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 320/993 de 07/07/1993 artículo 19.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 410/987 de 12/08/1987 artículo 2.

Artículo 3

(*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 320/993 de 07/07/1993 artículo 19.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 410/987 de 12/08/1987 artículo 3.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 320/993 de 07/07/1993 artículo 19.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 410/987 de 12/08/1987 artículo 4.

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - JORGE PRESNO HARAN - JOSE VILLAR
GOMEZ
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