VIATICO POR ALIMENTACION.- El Banco de Previsión Social abonará a
aquellos funcionarios que realicen 40 horas efectivas semanales o más de
labor un Viático por Alimentación. El monto mensual del mismo se
establece en el 100% del monto establecido por dicho concepto para los
entes industriales y comerciales, $ 1.930 (pesos uruguayos un mil
novecientos treinta) a precios de enero de 2001. Este valor se ajustará
en las mismas oportunidades que lo hagan las partidas correspondientes a
retribuciones personales.