REGLAMENTACION DE LA LEY 20.130 (REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL)




Promulgación: 19/12/2023
Publicación: 28/12/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.130 de 02/05/2023.

CAPÍTULO I - DEL RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL OBLIGATORIO
SECCIÓN I - DEFINICIÓN, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE DEL RÉGIMEN

Artículo 4

   (Alcance del régimen). - El régimen de jubilación por ahorro individual obligatorio alcanza a las personas comprendidas en el régimen mixto creado por la Ley N° 16.713, de 3 de setiembre de 1995, y en el Sistema Previsional Común, por el tramo de asignaciones computables gravadas para dicho régimen.
   La reglamentación del régimen de jubilación por ahorro individual obligatorio incluido en la Ley N° 16.713, de 3 de setiembre de 1995, vigente a la fecha de aprobación del presente Decreto que no fuera modificada por el mismo, resulta aplicable a las situaciones jurídicas comprendidas en el régimen mixto establecido en la Ley N° 20.130, de 2 de mayo de 2023, cualquiera sea la entidad gestora del régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional.
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