PLAN ANUAL DE INVERSIONES PUBLICAS. EJERCICIO 1979




Promulgación: 05/07/1979
Publicación: 14/08/1979
Publicada anteriormente: 31/07/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 88
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   Los jerarcas de los Incisos del Presupuesto Nacional antes del 1º de
marzo de 1980, deberán informar a la Contaduría General de la Nación y a
la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, los montos
definitivos de las partidas mencionadas en los incisos 2º y 3º del
artículo anterior, discriminadas por proyectos.
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