El Poder Ejecutivo podrá autorizar transposiciones entre proyectos de
diferentes programas de un mismo inciso, a solicitud fundada del
respectivo jerarca, y con el informe previo de la Secretaría de
Planeamiento, Coordinación y Difusión. En caso de transposiciones entre
proyectos de un mismo programa se requerirá solamente la autorización de
la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, quien lo
comunicará a la Contaduría General de la Nación.