REGLAMENTACION DE LA LEY 14.827, QUE APRUEBA LA CONSTITUCION Y EL FUNCIONAMIENTO DE LAS COOPERATIVAS AGROINDUSTRIALES




Promulgación: 12/08/1981
Publicación: 02/09/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 700
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.827 de 20/09/1978.

CAPITULO VI - DEL SISTEMA ELECTORAL

Artículo 21

   El Consejo Directivo, en consideración a los criterios indicados en los
estatutos, efectuará anualmente la calificación, con anterioridad a la
Asamblea General Ordinaria.

   No se podrá reconocer a los asociados votos fraccionados, ni asignarles
votos en proporción a sus aportes de capital.
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