VITIVINICULTURA. INDUSTRIA VITIVINICOLA. VINO REFRESCANTE




Promulgación: 15/06/1988
Publicación: 29/07/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 627

Artículo 2

  Denomínase "vino refrescante" al producto obtenido con la mezcla de vino
natural y apto para el consumo, en cualquiera de sus tipos (tinto,
clarete, blanco y rosado) y jugos (concentrados o diluidos), extractos o
esencias naturales de frutas y anhídrido carbónico, con la adición o no de
almíbar, cualquiera sea su contenido de azúcar o jarabe de alta fructuosa.
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