El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo por los artículos 93 del Título 4 del Texto Ordenado 1996 y 106 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998;
CONSIDERANDO: que corresponde actualizar los montos mensuales previstos en las referidas normas;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase en $ 5.170 (pesos uruguayos cinco mil ciento setenta) para el año 2023, el monto del pago mensual a que refiere el inciso primero del artículo 106 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998.