Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 43
Facúltase a la Dirección General de la Seguridad Social para efectuar
las correcciones gramaticales o numéricas que correspondan en la
aplicación del presente presupuesto, incluso en relación a errores u
omisiones que pudieran comprobarse en los cargos de los escalafones,
dando cuenta al Poder Ejecutivo.