Determínase a todos los efectos legales en la suma de N$ 148.00 (nuevos
pesos ciento cuarenta y ocho) la asignación mensual nominal a percibir por
los jubilados correspondientes al Sector Servicio Doméstico, atendidos pro
el Banco de Previsión Social (Caja de Jubilaciones y Pensiones de los
Trabajadores Rurales, Domésticos y de Pensiones a la Vejez).