El Ministerio de Agricultura y Pesca designará dentro de los miembros de
la Junta, quién la presidirá, previa propuesta de la Comisión Honoraria
Nacional del Plan Citrícola.
El Presidente y demás miembros de la Junta, permanecerán un año en sus
funciones, pudiendo ser designados nuevamente al término del o los
períodos para los que hubieron sido nombrados.