Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 10.383 de 13/02/1943.
Artículo 3
Es aplicable respecto a la línea incluída en el Artículo 1o., y a las
que se deriven de ella y revistan las características requeridas por el
Artículo 2o., las disposiciones establecidas por los Artículos 2o. a 6o.
inclusive del Decreto No. 148/990 de 21/03/90.