FIJACION DE TASAS ARANCELARIAS




Promulgación: 29/12/1999
Publicación: 31/12/1999
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1534
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Fíjanse para la importación de productos que integran la lista de
excepciones de nuestro país al Arancel Externo Común, cuyos ítems
arancelarios constan en el Anexo II, las tasas que se indican en dicho anexo.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (Anexo II).
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