Comunicación de la inscripción.
Una vez realizada la inscripción del buque en el Registro, la
autoridad Competente, comunicará la incorporación a la Dirección General
de Transporte Fluvial y Marítimo del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, remitiendo copia de la matrícula expedida. También lo
comunicará, a la Dirección Nacional de Aduanas, al Banco de la República
Oriental del Uruguay y al Ministerio de Relaciones Exteriores cuando haya
sido expedida previamente una matrícula provisoria o definitiva por parte
de un Cónsul.
Estas comunicaciones se efectuarán a los solos efectos informativos
sin que el hecho genere tributos, erogaciones o costos de clase alguna,
por ningún concepto.