REGLAMENTACION AL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES - TRANSPORTE POR AGUA DE CARGA Y DE PASAJEROS DE BANDERA NACIONAL




Promulgación: 20/09/1994
Publicación: 18/10/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 607
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.387 de 27/06/1993.

CAPITULO IV - DE LOS BUQUES MERCANTES, SU MODO DE OPERAR Y SU TRIPULACION

Artículo 25

    Modificación de porcentajes de tripulantes uruguayos.
    Los porcentajes previstos en los literales a) y b) del artículo
anterior podrán ser alterados a solicitud de cualquiera de las partes
interesadas, atendiendo a razones especiales y debidamente fundadas para
lo que se requerirá autorización de la Autoridad Competente.
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