Reglamentario/a de: Ley Nº 16.387 de 27/06/1993.
CAPITULO V - DEL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES
Competencia. El Registro Nacional de Buques comprenderá las siguientes secciones: a) Propiedad. b) Hipotecas. c) Arrendamientos. d) Créditos de uso (leasing). e) Embargos y reivindicaciones. f) Promesas de compraventa. g) Eliminaciones.