REGLAMENTACION AL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES - TRANSPORTE POR AGUA DE CARGA Y DE PASAJEROS DE BANDERA NACIONAL




Promulgación: 20/09/1994
Publicación: 18/10/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 607
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.387 de 27/06/1993.

CAPITULO V - DEL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES

Artículo 37

    Notas marginales.
    Los actos y negocios jurídicos que se presenten a registrar por los
cuales se cedan derechos, modifiquen, amplíen o extingan total o
parcialmente otros ya citados en el Registro, se realizarán entre sí, con
la inscripción originaria, mediante remisiones simples, con indicación del
número.
Ayuda