TITULO V - DISPOSICIONES COMUNES E) REESTRUCTURA DE GESTION Y ORGANIZACION DEL B.R.O.U.
Artículo 71
Las presentes Normas de Ejecución Presupuestal se han elaborado en base
a la estructura establecida en el Estatuto del Funcionario aprobado por
decreto del Poder Ejecutivo de 8.10.954 y modificativas, estando
pendiente la formulación de la estructura definitiva congruente con el
Estatuto del Funcionario vigente.
Una vez aprobada la nueva estructura de cargos, el Organismo deberá
comunicarla a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de
Cuentas de la República, debiendo ajustar las partidas presupuestales
correspondientes en ocasión de realizarse la adecuación presupuestal
inmediata siguiente.