APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1992




Promulgación: 14/09/1992
Publicación: 07/10/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 33

   El personal de Servicio se regirá por la escala estable citada en el
artículo 21, computándose como antigüedad la registrada desde su ingreso a  la actividad bancaria. Se establece el tope máximo de G.E.P.U. 41 para
funcionarios provenientes del Banco del Plata, el que cesará al vacar.
Referencias al artículo
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