APORTES DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES A LA SEGURIDAD SOCIAL - PROFESIONALES UNIVERSITARIOS - BUQUES EXTRANJEROS




Promulgación: 25/01/1995
Publicación: 03/02/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 79

Artículo 3

      Declárase, que en materia laboral y de seguridad social, los buques
de bandera extranjera que operan en aguas territoriales uruguayas se rigen
a todos los efectos por la Ley del pabellón del buque. 
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