APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. ENERO 1980




Promulgación: 13/08/1980
Publicación: 01/09/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   La aplicación de la norma establecida en el artículo anterior, se regulará como sigue:

a) el ingreso al escalfón respectivo se considerará a partir de la fecha 
   de ingreso a la actividad bancaria, en el cargo de Auxiliar; y
b) Por el período previo al 1º de mayo de 1979, se considerará en forma 
   ficta la calificación otorgada por su primer año de actuación en el 
   Banco de la República Oriental del Uruguay.
Ayuda